Exportadores logran acuerdo con Hacienda por impuesto



No tramitación de una declaración jurada los obligaba a un tributo extra de 35%.

Los exportadores agrícolas que debían cancelar un  impuesto adicional de 35% por los pagos realizados por sus empresas en el exterior, específicamente, por comisiones, fletes y seguros los últimos seis años, y que no habían sido exentos del mismo sólo por no haber efectuado la respectiva declaración jurada para ello previo al 30 de junio de 2015, fueron liberados de este tributo extraordinario.

Esto, gracias a una modificación en el artículo 59 Nº2 de la Ley de Impuesto a la Renta, que se traduce en que los exportadores de fruta -y otros bienes o servicios- no perderán la exención si los pagos al exterior no son declarados en el Servicio de Impuestos Internos (SII).

La directora de Fedefruta María Inés Figari, explicó que ?teníamos que firmar una declaración jurada de la cual nunca se nos informó, y por no hacerla multaron con $500 millones a $ 1.000 millones a empresas que sufrían la peor de las sequías en el norte?. En ese sentido, acusó que había ?una incongruencia entre lo que pedía la presidenta Michelle Bachelet, que era fomentar las exportaciones, y un organismo del Estado como el SII que terminaba por liquidarnos con estas multas. Era otra forma de matar la agricultura, pero Hacienda y el mismo SII tuvieron la mejor de las disposiciones para escuchar nuestros planteamientos?, destacó.

En la industria también realzaron otra modificación importante y que tiene relación con que los productores puedan solicitar la exención al impuesto adicional del 35% no sólo para el 2015, sino también para  los años comerciales del 2010 hacia adelante, objetivo fundamental de estas conversaciones y cuya concreción fue celebrada por el sector frutícola.

 

Pulso
10 febrero 2016